No existen contenciosos entre Argentina y Suiza, que dificulten, a priori, el acceso al mercado de productos argentinos.El régimen liberal de comercio que aplica Suiza a las manufacturas ofrece un marcado contraste con el elevado grado de protección concedido a la agricultura y los alimentos elaborados. No se imponen restricciones cuantitativas a los productos industriales y Suiza tampoco ha adoptado medidas antidumping, compensatorias o de salvaguardia. Aunque los aranceles medios son bajos, se ha observado una persistente progresión arancelaria respecto, en particular, de productos que revisten interés para los países en desarrollo.
El criterio fundamental seguido por Suiza en lo referente a política agrícola es totalmente distinto al seguido en la política industrial. En esta última se trata de evitar, en principio la intervención en sectores determinados, mientras que en el campo agrícola se aplican una gran variedad de medidas a una amplia gama de productos (aranceles, subvenciones, restricciones cuantitativas, gravámenes variables, suplementos de precios, licencias, etc.). La combinación de las medidas aplicadas difiere según los sectores, pero predominan las restricciones cuantitativas y los gravámenes no arancelarios sobre los derechos de aduana. Asimismo, muchas medidas son de aplicabilidad variable, en algunos casos según la temporada, con el objeto de dar salida prioritariamente a la producción nacional.
Bajo la apariencia de un régimen comercial abierto, Suiza aplica al sector agrícola una profusa reglamentación que, de hecho, obstaculiza e impide el acceso al mercado de los más importantes productos del sector. Esta política, según el gobierno suizo, persigue los siguientes propósitos: garantizar el abastecimiento de productos alimenticios sanos, de alta calidad y a precios convenientes, tanto en períodos de normalidad como en situaciones de crisis; protección del suelo, el paisaje y el medio ambiente; contribuir al mantenimiento de la población en las zonas rurales y al ordenamiento territorial.
Las prácticas restrictivas no se limitan exclusivamente al sector agrícola sino que se extienden a otros en donde la competitividad de la producción nacional pueda verse amenazada por las importaciones. Por ejemplo, algunos vehículos de transporte o de características especiales, electrodomésticos, artículos sanitarios, químicos y plaguicidas están sujetos a normas y procedimientos de homologación más estrictos que los establecidos por la Unión Europea.
Estas normas han facilitado el funcionamiento de carteles y otras prácticas similares en varios sectores de la economía. Debe tenerse presente que la legislación suiza considera aceptable los carteles e incluso ofrece un marco jurídico para su funcionamiento.
Las políticas comerciales de Suiza se centran en las negociaciones bilaterales con la Unión Europea. Asimismo, Suiza, como parte de EFTA, ya ha concluido muchos otros acuerdos preferenciales de comercio, la mayor parte de ellos con países mediterráneos y de Europa central. Recientemente, ha suscripto acuerdos con México y Colombia y Perú.
Por otra parte, existe una realidad sobre el acceso de productos argentinos al mercado suizo que resulta incontrastable, relacionada con la conveniencia económica de realizar una importación directa. Muchos importadores, en particular en lo que se refiere a productos alimenticios, prefieren recurrir a sus colegas alemanes para proveerse de productos del exterior. Efectivamente, la reducida dimensión del mercado, los altos costos de almacenaje locales y el grado de desarrollo alcanzado por la logística y el transporte, hacen más conveniente para un distribuidor local realizar pedidos con cuenta gotas, a medida que su negocio lo va requiriendo.
En materia de aranceles, Suiza aplica casi exclusivamente derechos específicos, calculándose, en la mayoría de los casos, en función de su peso bruto, salvo para aquellos casos de mercaderías para las que esté previsto una unidad de percepción diferente. En su conjunto, la incidencia de los aranceles no es alta, sin embargo, los promedios arancelarios no son representativos del nivel de protección concedido a varios productos del sector agropecuario. Ello debido a que en dicho sector, los aranceles se complementan con gravámenes variables, suplementos de precio y una serie de medidas no relacionadas con los aranceles, como las licencias y los contingentes de importación.
Además de los aranceles normales, muchos productos agropecuarios elaborados están sujetos al pago de aranceles variables, cuya finalidad es compensar la situación desventajosa de la producción nacional frente a las importaciones en lo que respecta a los precios, que se deriva del sostenimiento de los precios de los insumos agrícolas. Estos aranceles variables se aplican, entre otros, a los artículos de confitería, ciertos productos lácteos, preparados alimenticios a base de harina, almidón y malta, pastas y productos de panadería.
Otro gravamen aplicable a ciertos productos alimenticios son los denominados derechos complementarios, aplicables cuando ciertas importaciones exceden unos límites cuantitativos previamente establecidos que pueden poner en peligro la venta de productos nacionales a precio de costo. Algunos productos que han estado sometidos a estos derechos son el vino tinto en botellas, algunos tipos de quesos y legumbres y hortalizas congeladas, semillas oleaginosas y aceites y grasas comestibles.
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5.2 Regulación de importaciones
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La mayor parte de las importaciones suizas de productos alimenticios y de materias primas agrícolas están sujetas a la concesión de una licencia para la importación. Los sistemas difieren según las distintas categorías de productos. Las licencias se conceden:
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en forma automática
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dentro de límites preestablecidos (contingentes)
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en cantidad proporcional a una compra por parte de los importadores de productos nacionales similares y sujetas a la condición de que se cumplan diversas prescripciones (sistema de tres fases).
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5.3 Documentos y formalidades
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Las autoridades locales consideran suficiente una factura comercial común en original y dos copias. La factura debe contener las indicaciones siguientes: descripción de los productos y de los embalajes, peso bruto y neto de cada paquete, cantidad (unidad métrica), país de origen, costo del transporte y seguro hasta la frontera suiza. No se precisa ningún visado especial.
Cuando las exportaciones están incluidas como beneficiarias del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), requieren ser acompañadas del correspondiente Certificado de Origen (Formulario A) emitido por la autoridad competente argentina.
En Suiza el sector de la alimentación está regulado por los siguientes instrumentos legislativos:
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Ley sobre Productos Alimenticios de fecha 1 de julio de 1995
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Ordenanza sobre Productos Alimenticios de fecha 1 de marzo 1995
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Ordenanza sobre sustancias extrañas y componentes en los Productos Alimenticios de fecha 26 de junio de 1995
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Ordenanza sobre Aditivos permitidos en los Productos Alimenticios del 7 de marzo de 2002.
Las disposiciones estipuladas por los mencionados instrumentos legislativos vigentes son de aplicación tanto para los productos nacionales como para los extranjeros.
Algunos productos sujetos a licencias automáticas son: leche, ciertos tipos de queso, miel, café, té, cereales panificables, productos de la molienda, semillas y frutos oleaginosos, sebo, aceites vegetales y animales, margarinas, legumbres y hortalizas; Contingentes: carne vacuna, porcina y caballar, preparados a base de carne y carne conservada, cereales destinados a forraje, vino blanco, vino tinto y jugo de uva.
Proporcional: carne ovina y caprina, carne de aves de corral, leche en polvo y caseína.
Sistema de tres fases: comprende tres períodos durante el año en donde las importaciones están autorizadas: a) sin restricciones, b) con cupos o c) directamente prohibidas, aplicación que varía según sea la mayor o menor oferta del producto de origen nacional. Clasificadas bajo esta última categoría se encuentra fundamentalmente la mayor parte de las frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Cabe señalar que el gravamen interno denominado Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) es del 2.4% para los productos alimenticios y bebidas no alcohólicas; para las bebidas con contenido de alcohol y la gran mayoría de productos y servicios este impuesto asciende al 7.6%.